BREXIT SIN ACUERDO Y SU IMPACTO EN LAS SOCIEDADES DE CAPITAL

business, man, business man

 

Finalizado el período de transición, Reino Unido dejará de formar parte de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2021.

Un escenario de un Brexit sin acuerdo es aquel en el que el Reino Unido (GB) abandona la Unión Europea (UE) sin un pacto de retirada para una futura relación con la UE, convirtiéndose así en un tercer país.

La Directiva (UE) 2017/1132 codifica parcialmente el marco europeo del Derecho de sociedades.

El objetivo de la normativa europea es permitir que las empresas se constituyan en cualquier Estado de la Unión y que se beneficien de la libre circulación de servicios, personas y capitales, ofreciendo protección a los accionistas y a otras partes interesadas en las sociedades, y hacer así que las empresas sean más competitivas y se fomente la cooperación transfronteriza entre las mismas.

A continuación, mencionamos los principales cambios a tener en cuenta en el caso de un Brexit sin acuerdo.

Entidades formadas conforme al derecho europeo:

  • Agrupaciones europeas de interés económico (AEIE)
  • Sociedad Europea (SE)

Las SE y las AEIE, registradas en RU podrán transformar su tipo societario o agrupación conforme a la legislación británica, antes del 1 de enero de 2021.

Por ejemplo, una SE se puede transformar en una sociedad anónima, atendiendo a los requisitos legales de la normativa británica, siempre que:

  • Dicha sociedad tenga aprobadas y presentadas las cuentas anuales de al menos dos años de su ejercicio (*).
  • Dicha sociedad está registrada en Reino Unido desde al menos hace dos años.

Las AEIE y las SE pueden trasladar su sede y registrarse en otro Estado de la UE.

(*) Entendemos los 2 últimos ejercicios.

Cualquier entidad creada conforme al derecho europeo y registrada en RU, que no haya completado el proceso de conversión antes del día de salida, se convertirá automáticamente en una nueva sociedad que cumpla con la normativa de RU.

Fusiones transfronterizas comunitarias

Los Estados miembros de la UE se benefician de una regulación comunitaria armonizada, la cual proporciona seguridad jurídica, simplifica y agiliza los trámites de las fusiones transfronterizas de las sociedades de capital.

En caso de un Brexit sin acuerdo, a partir del 1 de enero de 2021, las empresas británicas ya no podrán participar en fusiones transfronterizas bajo la normativa europea.

Registro mercantil de Reino Unido: Companies House

En cuanto al Registro Mercantil del RU (Companies House), se aprobará una nueva normativa por la que las SE que hayan registrado una sucursal en RU y las sociedades británicas en cuyo gobierno corporativo se encuentre un directivo con domicilio dentro de la UE, serán requeridas para presentar información adicional en dicho registro.

El gobierno del RU está elaborando los textos legislativos pertinentes para garantizar que la normativa de sociedades de capital británica esté en armonía con el estatus de RU respecto de la UE.

 

 

Laura Gallego Herráez